
En esta semana se está coordinando con dirigentes de los sectores aledaños del upc-55 para darle charlas donde se fijo la fecha y hora para realizar esta actividad con la comunidad
El artículo 95 de la Constitución de la Republica del Ecuador establece que la participación de las ciudadanas y los ciudadanos, en todos los asuntos de interés público, es un DERECHO que puede ser ejercido no solamente a través de la democracia representativa sino también mediante la democracia directa o comunitaria que se ejercerá a través de los mecanismos de la democracia representativa, directa y comunitaria. Somos PARTICIPANTES CIUDADANOS. Tus artículos envialos a: clariflex@hotmail.com
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