El artículo 95 de la Constitución de la Republica del Ecuador establece que la participación de las ciudadanas y los ciudadanos, en todos los asuntos de interés público, es un DERECHO que puede ser ejercido no solamente a través de la democracia representativa sino también mediante la democracia directa o comunitaria que se ejercerá a través de los mecanismos de la democracia representativa, directa y comunitaria.
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viernes, 31 de diciembre de 2010
Informe de Actividades del UPC 56 Primavera I
Se colaboró con el UPC-80 por lo que el papa Noel fue el Sr. Cbop. Edgar Naranjo Coloma, al llegar al lugar se repartió juguetes y caramelos a los niños mas pobres del sector.
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