
El artículo 95 de la Constitución de la Republica del Ecuador establece que la participación de las ciudadanas y los ciudadanos, en todos los asuntos de interés público, es un DERECHO que puede ser ejercido no solamente a través de la democracia representativa sino también mediante la democracia directa o comunitaria que se ejercerá a través de los mecanismos de la democracia representativa, directa y comunitaria. Somos PARTICIPANTES CIUDADANOS. Tus artículos envialos a: clariflex@hotmail.com
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viernes, 31 de diciembre de 2010
Informe de Actividades del UPC 121 Los Helechos
Se ha procedido a realizar contacto con dueños de establecimientos comerciales tales como: CYBER, TIENDAS, DESPENSAS, ZAPATERIAS, FERRETERIAS, PANADERIAS, RESTAURANES con la finalidad de brindarles seguridad para prevenir que no sean objetos de los delincuentes

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