
El artículo 95 de la Constitución de la Republica del Ecuador establece que la participación de las ciudadanas y los ciudadanos, en todos los asuntos de interés público, es un DERECHO que puede ser ejercido no solamente a través de la democracia representativa sino también mediante la democracia directa o comunitaria que se ejercerá a través de los mecanismos de la democracia representativa, directa y comunitaria. Somos PARTICIPANTES CIUDADANOS. Tus artículos envialos a: clariflex@hotmail.com
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viernes, 3 de diciembre de 2010
Informe de Actividades del UPC 118 María Piedad en la Semana del 21 al 27 de Noviembre del 2.010
En la presente semana se colaboro con las alumnas del colegio Tungurahua de la ciudad de Guayaquil quienes vinieron directamente a la unidad de Policía Comunitaria a solicitar que se les acompañe en el reconocimiento del sector y hacerse presentes en los diferentes domicilios que les toca realizar el censo en nuestro sector a quienes se les facilito toda la ayuda del personal del UPC, también se colaboro en fiestas organizadas por los moradores con el fin de precautelar la integridad de los vecinos y evitar desmanes.

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