
El artículo 95 de la Constitución de la Republica del Ecuador establece que la participación de las ciudadanas y los ciudadanos, en todos los asuntos de interés público, es un DERECHO que puede ser ejercido no solamente a través de la democracia representativa sino también mediante la democracia directa o comunitaria que se ejercerá a través de los mecanismos de la democracia representativa, directa y comunitaria. Somos PARTICIPANTES CIUDADANOS. Tus artículos envialos a: clariflex@hotmail.com
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lunes, 13 de diciembre de 2010
Informe de Actividades del UPC 94 Abel Gilbert en la Semana del 28 de Noviembre al 04 de Diciembre del 2.010
En la presente semana, se viene tomando contacto con los señores directivos de las diferentes instituciones educativas del sector con el fin de conocer los problemas que afectan a las instituciones y de esta manera coordinar un programa de seguridad. Quedando agradecidos por la labor que viene desarrollando la policía en este sector.

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