El artículo 95 de la Constitución de la Republica del Ecuador establece que la participación de las ciudadanas y los ciudadanos, en todos los asuntos de interés público, es un DERECHO que puede ser ejercido no solamente a través de la democracia representativa sino también mediante la democracia directa o comunitaria que se ejercerá a través de los mecanismos de la democracia representativa, directa y comunitaria.
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domingo, 14 de noviembre de 2010
Informe de Actividades del UPC 94 Abel Gilbert en la Semana del 31 de Octubre al 06 de Noviembre del 2010
Se coordinó con el personal del departamento cultural del Municipio de Duran para el concurso de teatro al aire libre con colegios del sector.
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