
El artículo 95 de la Constitución de la Republica del Ecuador establece que la participación de las ciudadanas y los ciudadanos, en todos los asuntos de interés público, es un DERECHO que puede ser ejercido no solamente a través de la democracia representativa sino también mediante la democracia directa o comunitaria que se ejercerá a través de los mecanismos de la democracia representativa, directa y comunitaria. Somos PARTICIPANTES CIUDADANOS. Tus artículos envialos a: clariflex@hotmail.com
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domingo, 14 de noviembre de 2010
Informe de Actividades del UPC 117 Hermano Gregorio en la Semana del 31 de Octubre al 06 de Noviembre del 2010
Se está realizando la labor comunitaria por todo el sector de la cooperativa Hermano Gregorio II, en el cual se está tomando contacto con los moradores del sector con el fin de indicarles medidas de precaución para que no sean víctimas por parte de la delincuencia

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