
El artículo 95 de la Constitución de la Republica del Ecuador establece que la participación de las ciudadanas y los ciudadanos, en todos los asuntos de interés público, es un DERECHO que puede ser ejercido no solamente a través de la democracia representativa sino también mediante la democracia directa o comunitaria que se ejercerá a través de los mecanismos de la democracia representativa, directa y comunitaria. Somos PARTICIPANTES CIUDADANOS. Tus artículos envialos a: clariflex@hotmail.com
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domingo, 24 de octubre de 2010
Informe de Actividades del UPC 94 Abel Gilbert en la Semana del 10 al 16 de Octubre del 2.010
Se está realizando charlas con las agrupaciones juveniles del sector de la MZ-B 59- B20 y de igual manera hemos agrupado a moradores de este sector y se les ha impartido charlas de seguridad ciudadana, por lo que se han puesto de acuerdo en instalar alarmas comunitarias por todo el sector.

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