El artículo 95 de la Constitución de la Republica del Ecuador establece que la participación de las ciudadanas y los ciudadanos, en todos los asuntos de interés público, es un DERECHO que puede ser ejercido no solamente a través de la democracia representativa sino también mediante la democracia directa o comunitaria que se ejercerá a través de los mecanismos de la democracia representativa, directa y comunitaria. Somos PARTICIPANTES CIUDADANOS. Tus artículos envialos a: clariflex@hotmail.com
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viernes, 15 de octubre de 2010
Informe de Actividades del UPC 55 Ana María de Olmedo en la Semana del 03 de 09 de Octubre del 2.010
En la presente semana se mantuvo una reunión con el Señor Presidente del Comité Pro Mejoras de la Coop. Unión y Progreso, con quienes la próxima semana se dará una charla sobre violencia intrafamiliar, además se ha coordinado para la conferencia que será dictada con un Fiscal de lo Penal el Guayas en la Cdla. Abel Gilbert.
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