El artículo 95 de la Constitución de la Republica del Ecuador establece que la participación de las ciudadanas y los ciudadanos, en todos los asuntos de interés público, es un DERECHO que puede ser ejercido no solamente a través de la democracia representativa sino también mediante la democracia directa o comunitaria que se ejercerá a través de los mecanismos de la democracia representativa, directa y comunitaria.
Somos PARTICIPANTES CIUDADANOS.
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sábado, 18 de septiembre de 2010
Informe de Actividades del UPC 117 Hermano Gregorio en la Semana del 05 al 11 de Septiembre del 2010.
Se está colaborando con el Proyecto Escuela Segura dando Presencia Policial tanto en el ingreso como salida de los alumnos de diferentes unidades educativas de nuestro sector.
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