El artículo 95 de la Constitución de la Republica del Ecuador establece que la participación de las ciudadanas y los ciudadanos, en todos los asuntos de interés público, es un DERECHO que puede ser ejercido no solamente a través de la democracia representativa sino también mediante la democracia directa o comunitaria que se ejercerá a través de los mecanismos de la democracia representativa, directa y comunitaria.
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miércoles, 4 de agosto de 2010
INFORME DE ACTIVIDADES DEL UPC 117 HNO. GREGORIO DEL 26 DE JULIO AL 1 DE AGOSTO DEL 2010
El 27 de la presente fecha se reunió a varios jóvenes del sector para darles una conferencia sobre el alcohol y drogas ya que este es una enfermedad que está matando a la población y destruye los hogares, incentivándoles al deporte
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