El artículo 95 de la Constitución de la Republica del Ecuador establece que la participación de las ciudadanas y los ciudadanos, en todos los asuntos de interés público, es un DERECHO que puede ser ejercido no solamente a través de la democracia representativa sino también mediante la democracia directa o comunitaria que se ejercerá a través de los mecanismos de la democracia representativa, directa y comunitaria.
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miércoles, 7 de julio de 2010
INFORME DE ACTIVIDADES DEL UPC 93 MALECON DEL 27 DE JUNIO AL 4 DE JULIO DE 2010
Se continua con la planificación del concurso de pintura con la Sra. Directora de la Escuela Manuel Gómez Abad con la finalidad de llevar todo de la mejor manera.
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