El artículo 95 de la Constitución de la Republica del Ecuador establece que la participación de las ciudadanas y los ciudadanos, en todos los asuntos de interés público, es un DERECHO que puede ser ejercido no solamente a través de la democracia representativa sino también mediante la democracia directa o comunitaria que se ejercerá a través de los mecanismos de la democracia representativa, directa y comunitaria.
Somos PARTICIPANTES CIUDADANOS.
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martes, 22 de junio de 2010
ACTIVIDADES UPC 117 HNO. GREGORIO SEMANA DEL 7 AL 13 DE JUNIO DE 2010
Se está tomando contacto con los señores representantes del INNFA conjuntamente con los señores de la DINAPEN, ya que en este sector existen niños y madres que viven en la extrema pobreza y así dar una solución a este problema
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