Así mismo se sigue realizando acercamientos comunitarios en la Cdla. Ana María de Olmedo con el fin de conocer las necesidades e inquietudes que tienen los habitantes del sector de responsabilidad en la Mz. 28, 29, 30.

El artículo 95 de la Constitución de la Republica del Ecuador establece que la participación de las ciudadanas y los ciudadanos, en todos los asuntos de interés público, es un DERECHO que puede ser ejercido no solamente a través de la democracia representativa sino también mediante la democracia directa o comunitaria que se ejercerá a través de los mecanismos de la democracia representativa, directa y comunitaria. Somos PARTICIPANTES CIUDADANOS. Tus artículos envialos a: clariflex@hotmail.com
No hay comentarios:
Publicar un comentario